La nacionalidad de España por residencia es el estatus legal más deseado por quienes procuran establecerse en España permanentemente. La notificación puede tardar un promedio de 1 a 3 años aproximadamente.
Los tiempos pueden cambiar dependiendo de si el expediente está completo o bien si el Ministerio de Justicia debe requeriste documentación.
Durante el año dos mil diecinueve fueron muchas las resoluciones de nacionalidad de España que recibimos debido a que el Ministerio de Justicia incorporó un plan intensivo de tramitación de expedientes de nacionalidad (PIN) y obtuvimos nacionalidades en solo veinte días.
En Ágreda Abogadas podemos asistirte a gestionar la y todos los procedimientos legales que implica. Contamos con los conocimientos y recursos precisos para agilizar este proceso que, a veces, puede hacerse eterno.
En este artículo queremos contarte cuánto tarda el expediente de nacionalidad de España por residencia y como se puede agilizar el proceso. Los , los que puedes conocer en el link que te compartimos.
¡Ahora sí! Descubre:
Cualquier residente legal puede comenzar su expediente de petición de nacionalidad española, siempre y cuando cumpla con todos los requisitos.
Pero la demora de este procedimiento produce incertidumbre y preocupación en los demandantes. Considerando que, de ello depende su futuro en España, comprendemos cuán estresante puede ser este proceso.
Como te adelantábamos al comienzo, la concesión de la nacionalidad española puede cita previa de nie del caso. Dicha notificación podría tardar de 1 a 2 años y medio, aun 3 o bien más, conforme cada caso.
Legalmente el plazo de resolución establecido es de 1 año máximo, pues de esta forma lo dispone el artículo ciento trece del por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia:
“El procedimiento deberá ser resuelto y notificado en el plazo máximo de un año desde de que la petición haya tenido entrada en la Dirección General de los Registros y del Notariado. Transcurrido el plazo mencionado sin que haya recaído resolución expresa, se entenderán rechazadas las peticiones elaboradas por los interesados.”
Y ahora muchos se preguntarán qué es lo que significa que la petición se entienda desechada. Pues bien, quiere decir que si transcurrido un año sin haber recibido la resolución, vas a poder estimar que tu petición ha sido denegada lo que te habilitará a recurrir y lo vas a poder hacer tanto en vía administrativa como en vía judicial. Si bien es esencial aclarar que la Administración está obligada a solucionar tu petición, con lo cual otra opción puede que prosigas esperando hasta el momento en que te notifiquen la resolución.
No obstante, en ciertas ocasiones es posible agilizar la nacionalidad española a través de diferentes recursos legales que te contamos a continuación.
Las abogadas y abogados que nos especializamos en los procesos de extranjería, nos valemos de una serie de recursos que nos permiten agilizar la nacionalidad española. No obstante, consideramos que el término agilizar no es del todo correcto pues se trata de instrumentos legales para lograr una respuesta a tu petición y en ocasiones se logra una respuesta veloz y en otras ocasiones no.
Los recursos de los que disponemos son los siguientes:
Este último recurso es el contencioso administrativo que se interpone en vía judicial y tiene como objetivo que sean los tribunales lo que examinen y controlen el trabajo del Ministerio de Justicia y van a ser los tribunales los que decidan si concederte o no la nacionalidad española.
Nuestra recomendación es que te aconsejes con abogadas y abogados especialistas en la materia ya antes de asistir a cualquiera de las vías mentadas pues es importante tener en cuenta las repercusiones de cada una de ellas.
En Ágreda Abogadas somos especialistas en servicios legales de Extranjería y podemos ayudarte a solicitar la nacionalidad de España por residencia.